Las amortizaciones son uno de los gastos deducibles más importantes para la farmacia. Los farmacéuticos suelen poder aplicárselas dentro de la determinación del rendimiento neto de la actividad que hacen a diario.
Una de las cuestiones que más se repiten en materia fiscal cuando se habla de este tipo de gastos de la farmacia es qué es la amortización del fondo de comercio. ¿Y qué es esto? Se trata de un elemento inmaterial del activo de una farmacia. Es un valor intangible que depende de factores como la organización de la empresa, el prestigio o experiencia que tenga, su imagen comercial, la clientela, el crédito…
Para saber cómo calcular el fondo de comercio de una farmacia, en primer lugar, hay que saber el valor de los activos materiales que se hayan adquirido y la diferencia con respecto al precio que se ha pagado por la totalidad del negocio correspondería al valor del fondo de comercio.
Además, hay que recordar que el gasto por la amortización del fondo de comercio irá disminuyendo el valor de adquisición de la farmacia, de cara al cálculo de la ganancia patrimonial tributable en IRPF en una futura venta.
Veámoslo con un ejemplo
Si empezamos a aplicar la amortización del fondo de comercio hoy porque acabamos de comprar farmacia, la norma nos dice que consideremos como gasto deducible hasta un importe máximo anual de la veinteava parte del precio de adquisición de este, es decir un 5% de su importe, por ello, si durante su vida útil siempre amortizamos ese bien a razón de un 5%, en veinte años, habrá quedado completamente amortizado mi activo adquirido, esto es, mi farmacia y no podré seguir amortizándolo.
También hay que señalar que la norma permite, dentro de los beneficios fiscales para empresas de reducida dimensión (donde estarían englobadas las oficinas de farmacia), la amortización acelerada del fondo de comercio. ¿Qué significa esto? Básicamente que se puede aplicar el porcentaje del 150% al porcentaje máximo. O sea, que se puede incluir un gasto por amortización del fondo de comercio de la farmacia el 7,5% anual.
En oficinas de farmacia, amortizar fiscalmente de forma eficiente el fondo de comercio es importante de cara a la declaración del IRPF del profesional farmacéutico. Esto es así debido a que según el rendimiento de la oficina de farmacia le convendrá amortizar al máximo permitido cada año (7,5%) o diferir este gasto amortizando un coeficiente más bajo del máximo anual, pero durante más tiempo.
Como conclusión, será necesario conocer muy bien cuál es el valor del fondo de comercio de la farmacia, ya que, si lo sabemos, será mucho más sencillo tener en cuenta ese gasto cada año, lo que hará eficiente mi declaración del IRPF. Y para ello, nada mejor que un experto que pueda asesorar y acompañar al farmacéutico en todas estas lides.